Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) > La Reintegración > Preguntas y respuestas sobre la dimensión productiva

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Ofertas laborales

 

1. ¿Qué beneficio brinda la ARN a las personas en proceso de Reintegración en materia de empleos?

La ARN realiza una gestión para el empleo, para todas las personas en proceso de Reintegración que deseen acceder a un empleo formal,​​​ el mayor beneficio es personal, pues garantiza, en principio una sostenibilidad económica y las garantías del estado en materia de empleo, es decir contar con un Caja de Compensación Familiar, acceder a oportunidades para subsidios de vivienda, entre otros.

 

2. ¿Qué ofertas laborales puede brindar la ARN?, ¿Qué ofertas laborales hay en este momento?

La ARN en todas sus oficinas realiza una gestión de empleo en las empresas que, voluntariamente, desean practicar procesos de selección para las personas q​ue hacen parte de la ruta de reintegración, en tal sentido en cada una de las oficinas de la ARN la persona en proceso de Reintegración debe contactarse con su reintegrador para conocer las ofertas vigentes.

 

3. ¿Las personas en proceso de Reintegración pueden trabajar en entidades que presten servicios de seguridad (vigilancia)?

Sí, es posible trabajar en empresas qu​​e presten servicios de seguridad y vigilancia, siempre y cuando no usen ni tengan acceso a armas de fuego para el desarrollo de sus funciones. La persona que utilice armas de fuego para el desarrollo de sus funciones comete una falta grave a los compromisos del proceso de Reintegración, sancionable con la pérdida de sus beneficios.

 

4. ¿Cómo se puede radicar una certificación laboral?

Este tipo de documento se entrega a través de los profesionales reintegradores o el asistente de atención de cada Grupo Territorial.

 

 

Asesoría general en el beneficio de formación para el trabajo

 

1. ¿Qué es la formación para el trabajo?

Es la formación enfocada hacia el dominio operacional e instrumental de una ocupación determinada, la aprobación de un saber técnico y tecnológico integrado a ella, y​​ la capacidad de adaptación dinámica a los cambios constantes de la productividad.

Las personas en proceso de Reintegración (PPR) pueden acceder a lo siguiente:

  1. Acciones de formación complementaria.

  2. Programas de formación que conlleven a un Certificado de Aptitud Ocupacional (Técnico laboral por competencias).

  3. Programas de formación en los niveles operario, auxiliar que conlleven a una titulación.

  4. Programas de formación en los niveles de técnico, técnico profesional o tecnólogo.

Con estas opciones, la persona en proceso de Reintegración aprende un oficio relacionado con sus intereses y habilidades a través de una entidad pública como el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

 

2. ¿Qué instituciones ofrecen formación para el trabajo para las personas en proceso de Reintegración?

El SENA ofrece la mayoría de opciones. También h​​​ay convenios con otras instituciones o existe la posibilidad de que la gestión la haga directamente la persona en proceso de Reintegración en otra institución que le brinde la formación de acuerdo a sus intereses.

 

3. ¿Si no se puede realizar la formación para el trabajo por cuestiones laborales, esta situación puede afectar negativamente el proceso de Reintegración?

La no realización de la formación para el trabajo no afecta el proceso de Reintegración. No obstante esta formación hace parte de los componentes de la ruta de​ reintegración, que conlleva a obtener un beneficio económico y a la vez a desarrollar el proyecto de vida de la persona, así como  a la inserción económica y la vinculación al mundo laboral. Es importante resaltar que la persona  en proceso de Reintegración,  junto con su profesional  reintegrador,  puede identificar  las  opciones y expectativas  frente a los proceso de  formación de modo que pueda  cumplir, sin que  esto implique  la deserción de sus actividades laborales.

 

4. ¿Se puede renunciar a la formación para el trabajo sin que esto afecte negativamente el proceso de Reintegración?

Se puede presentar renuncia voluntaria a este componente de la ruta de reintegración. La renuncia voluntaria es una de las modalidades de  terminación de la formación para  el trabajo, sin que esto afecte el proceso de Reintegración. Sin embargo, esta debe ser  la ​​última opción por  la que se opte, pues el proceso es personalizado y debe responder a las necesidades  y expectativas de la persona, así como las ofertas que su contexto presente.

 

5. ¿Quién debe entregar la certificación de formación para el trabajo y en qué tiempo?

La institución donde cursó la formación para el trabajo, luego de cumplir los requisitos requeridos. El tiempo de entrega de esta certificación depende d​​e cada institución. Este plazo se le informará cuando se tramite  la solicitud.​


Beneficio de estímulo económico a participantes del proceso de Reintegración, para planes de negocio en la modalidad de emprendimiento​

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1. ¿En qué consiste el beneficio económico para planes de negocio de emprendimiento?

Este es el beneficio al que puede acced​​er la persona en proceso de Reintegración cumpliendo con todos los requisitos que estipula la Resolución 0794.

 

2. ¿Cuánto dinero se recibe por presentar un plan de negocio?, ¿Cuáles son los requisitos para recibir este capital?

Para las personas desmovilizadas en forma  colectiva este estímulo económico está representado en  un monto de hasta  $2.000.000.

Para las personas desmovilizadas en forma individual este estímulo económico está representado en un monto de hasta $8.000.000.oo

Los requisitos para recibir este capital son:

 

    Para emprendimiento: (creación o adquisición de un negocio)

1. Estar activo en el proceso de Reintegración o haberlo culminado y cumplir con una de las siguientes condiciones:

  1. Aprobación de formación para el trabajo, mínima de 400 horas, acorde con el plan de negocio.

  2. Culminación de la fase lectiva de uno de los programas de formación en los niveles operario, auxiliar que conlleven una titulación o en los niveles de técnico, técnico profesional o tecnólogo, acorde con el plan de negocio.

  3. Certificado de evaluación de competencias laborales, acorde con el plan de negocio.

  4. Reconocimiento de aprendizajes previos acreditados por la autoridad competente, acordes con el plan de negocio.

  5. Acreditación de estudios de educación superior, en el nivel profesional, mediante la aprobación de cuatro semestres, en entidades reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

  6. Acta de acreditación de experiencia de mínimo 2 años acorde con el plan de negocio, respaldada con uno de los siguientes documentos: Certificación laboral o contratos de prestación de servicios o certificación de actividades comerciales o productivas.

2. Presentación del plan de negocio con el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ARN:

 

Para fortalecimiento de un negocio:

1. Estar activo en el proceso de reintegración o haberlo culminado y cumplir con una de las siguientes condiciones:

  1. Aprobación de formación para el trabajo, mínima de 200 horas, acorde con el plan de negocio.

  2. Culminación de la fase lectiva de uno de los programa de formación en los niveles operario, auxiliar que conlleven a una titulación o de técnico, técnico profesional o tecnólogo, acorde con el plan de negocio.

  3. Certificado de evaluación de competencias laborales, acorde con el plan de negocio.

  4. Reconocimiento de aprendizajes previos acreditados por la autoridad competente, acorde con el plan de negocio.

  5. Acreditación de estudios de educación superior en el nivel profesional, mediante cuatro semestres aprobados, en entidades reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

  6. Acta de acreditación de experiencia de mínimo 1 año acorde con el plan de negocio, respaldada con uno de los siguientes soportes: Certificación laboral o contratos de prestación de servicios o certificación de actividades comerciales o productivas.

2. Tener registro mercantil de Cámara de Comercio vigente, con fecha de inscripción superior a doce (12) meses. Este requisito no será exigible para las unidades productivas rurales o agropecuarias, en estos casos, solamente se requerirá certificación suscrita por la autoridad competente donde conste la existencia de la unidad productiva.

 

3. Presentación del plan de negocio con el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ARN (Ver Resolución 0794).

3. ¿Cuánto tiempo se demora la entrega de este beneficio una vez se radica el plan de negocio?

El tiempo establecido desde la recepción de los documentos hasta su desembolso oscila entre los 2 y 3 meses, sin embargo, en algunos casos este plazo se extiende, po​​​r reprocesos (errores o ajustes) en la documentación enviada, o porque la información del proveedor no coincide con la registrada en el sistema de la ARN. En todo caso, los reintegradores siempre orientarán en este proceso, resolviendo cualquier inquietud.

 

4. ¿Quién puede dar la asesoría en la construcción del plan de negocio?

La persona encargada en las oficinas de la ​​ARN es el profesional reintegrador que lo acompaña permanentemente, él lo guiará para formular y presentar lo necesario para que usted pueda acceder siempre y cuando usted cumpla con los requisitos de acceso.

 

5. ¿Qué debe hacer una persona que quiera presentar una propuesta de plan de negocio?

Lo primero que debe hacer una persona en​​​ proceso de reintegración es acercarse a las oficinas de la ARN para recibir asesoría y acompañamiento por parte de un profesional reintegrador,  él le explicara los requisitos para el acceso a la formulación y puesta en marcha de su plan de negocios y así iniciar su vida productiva con un negocio.  Luego de verificar el cumplimiento de los requisitos usted debe diligenciar y entregar una serie de documentos que le permitirán sea analizada su propuesta,  y de ser viable inicie el trámite para el desembolso de los recursos. Sin embargo,  la presentación de la documentación no significa el desembolso o la obligatoriedad por parte de la entidad para este desembolso, puesto que dependen de los recursos disponibles por la ARN.

 

6. ¿Cuánto se recibe por presentar el plan para fortalecer el negocio ya existente?

Si la persona en proceso de reintegración se desmovilizó de forma colectiva recibirá hasta $2.000.000 y en el caso de las personas desmovilizadas de manera individual, ​​se entrega hasta $8.000.000.

 

 

Beneficio de estímulo económico a la empleabilidad para acceso a vivienda

 

1. ¿La ARN les da vivienda a las personas en proceso de Reintegración? o ¿Cómo se puede acceder a vivienda?

La ARN brinda apoyo para que las personas pue​​dan acceder a un crédito de vivienda. Para acceder al estímulo económico para adquirir vivienda se deben cumplir los siguientes requisitos:

Para la adquisición de vivienda propia:

  • Estar vinculado al proceso de reintegración o haber culminado el mismo.
  • Acreditar el pago en calidad de cotizante al Sistema de Seguridad Social en Salud, de al menos ocho (8) meses, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a la solicitud.
  • Promesa de compraventa del bien inmueble, con el cumplimiento de los requisitos legales.
  • Certificado de tradición y libertad del inmueble objeto de la compraventa, donde conste la titularidad del derecho de dominio a favor del vendedor, expedido por la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Fotocopia(s) de la(s) cédula(s) de ciudadanía o extranjería del(os) vendedor(es). Para el caso de las personas jurídicas, se deberá aportar el certificado de existencia y representación legal expedido por la respectiva Cámara de Comercio.
  • Certificación de la cuenta de ahorros o corriente del vendedor.

Para pago de crédito hipotecario por la adquisición de un inmueble, a favor de entidad financiera o solidaria vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de la Economía Solidaria:

  • Estar vinculado al proceso de reintegración o haber culminado el mismo.
  • Acreditar el pago en calidad de cotizante de los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, de al menos ocho (8) meses, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a la solicitud.
  • Certificado de tradición y libertad expedido por la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos con fecha de expedición no mayor a 30 días, donde conste la existencia de la hipoteca y la titularidad del derecho de dominio sobre el inmueble a favor de la persona en proceso de reintegración.
  • Certificación expedida por la entidad financiera o solidaria acreedora donde conste la existencia y estado de la obligación hipotecaria. (Ver Resolución 0794).

 

2. ¿La ARN tiene algún convenio para adquirir vivienda?

La ARN no tiene convenios directos, no obstante, viene trabajando con el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) para motivar a las  personas en proceso de reintegración en el ahorro y, luego de ello, complementar los recursos faltantes para la compra de vivienda. Adicionalmente  se está trabajando en la articulación de  la política de vivienda que emprendió el Ministerio de Vivienda, en este sentido la ARN promueve alianzas con entidades públicas y privadas para lograr este propósito. Cada una de las oficinas de la ARN se encuentra realizando gestiones con las autoridades locales para vincular a las personas en pr​​oceso de reintegración a programas de acceso a vivienda.

 

3. ¿Se puede utilizar el capital de este beneficio para mejorar una vivienda?

El mejoramiento de vivienda no está contemplado dentro del marco normativo que impacta este estímulo económico, se determina únicamente la compra de ​​vivienda nueva o usada, esta es la razón fundamental por la cual no es posible el acceso a este beneficio para el mejoramiento de vivienda. Este trámite sí se puede puede realizar a través del Fondo Nacional de Ahorro (FNA).

 

4. ¿La ARN brinda algún apoyo para remodelar o reparar una vivienda?

Actualmente la ARN no cuenta dentro de la normatividad vigente con un apoyo para el mejoramiento de vivienda.

 

 

Información sobre apoyo económico por asist​encia a actividades de la Ruta de Reintegración

 

1. ¿Según la resolución vigente en qué consiste el apoyo económico por asistir a actividades y cuánto es el valor de este apoyo?

El apoyo económico a la reintegración se recibe siempre y cuando la persona en proceso de reintegración cumpla mensualmente, mínimo, con el 90 por ciento de los compromisos acordados en su ruta de reintegración, dentro de los componentes de acompañamiento psicosocial, gestión de educación y formación para el trabajo.

La persona en proceso de reintegración podrá recibir mensualmente, mínimo, la suma de ciento sesenta mil pesos ($160.000) por el cumplimiento de los compromisos pactados en la ruta de reintegración, sin que el valor a desembolsar supere la suma de cuatrocientos ochenta mil pesos ($480.000).

Es importante aclarar lo siguiente:

  • La persona en proceso de reintegración cuya ruta de reintegración tenga un enfoque condicional, se le reconocerá por concepto de apoyo económico a la reintegración el valor de trescientos veinte mil pesos ($320.000), siempre y cuando esté cumpliendo con los compromisos de su ruta de reintegración.

  • La persona en proceso de reintegración que haya superado los 30 meses en los cuales es susceptible de apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Acompañamiento Psicosocial, se encuentre en el Beneficio Gestión en Educación en el ciclo 4, 5 o 6 o sus equivalentes, se le reconocerá por concepto de apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Gestión en Educación, el valor de trescientos veinte mil pesos ($320.000), siempre y cuando esté cumpliendo con los compromisos académicos y de su ruta de reintegración.

  • La persona en proceso de reintegración que haya superado los 30 meses en los cuales es susceptible de apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Acompañamiento Psicosocial, hubiese terminado el Beneficio de Gestión en Educación bajo la modalidad de culminación y esté adelantando programas o acciones de formación en los niveles auxiliar, operario o ayudante o técnico laboral por competencias, se le reconocerá por concepto  apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Formación para el Trabajo, el valor de trescientos veinte mil pesos ($320.000), siempre y cuando esté cumpliendo con los compromisos académicos y de su ruta de reintegración.

  • La persona en proceso de reintegración que haya superado los 30 meses en los cuales es susceptible de apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Acompañamiento Psicosocial y hubiese terminado el Beneficio de Gestión en Educación por la modalidad de culminación, se le reconocerá por concepto de  apoyo económico a la reintegración por el Beneficio de Formación para el Trabajo, el valor de cuatrocientos ochenta mil pesos ($480.000), siempre y cuando esté cursando programas de formación para el trabajo en los niveles técnico profesional y tecnológico, y esté cumpliendo con los compromisos académicos y de su ruta de reintegración.

2. ¿Una persona desvinculada que esté en el programa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tiene derecho al pago de los beneficios económicos que otorga la ARN? o ¿En qué momento puedo acceder a este beneficio?

Si el estado de la persona es desvinculada, es decir se encuentra con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) no recibe los beneficios económicos que otorga la ARN. La persona puede acceder a los beneficios económicos cuando cumpla la mayoría de edad y se le haya restituido sus derechos por el ICBF, siempre y cuando que su situación jurídica se lo p​​ermita. Una vez se haya ingresado a la ARN como persona en proceso de reintegración, se haya  definido su ruta de reintegración y cumpla con los compromisos pactados podrá obtener los beneficios económicos.

 

3. ¿En qué momento reciben las personas en proceso de Reintegración el beneficio económico por realizar actividades de formación académica, formación para el trabajo y psicosocial?

La persona en proceso de Reintegración recib​​​e el beneficio económico a través de la cuenta de ahorros activa  a los dos (2) meses siguientes de haber cumplido con los compromisos pactados en su ruta de reintegración.

 

4. ¿En qué momento se deja de recibir este apoyo económico?

No se recibe el apoyo económico cuando la persona en proceso de Reintegración se encuentre en las siguientes situaciones:

  1. Incumplimiento de los compromisos pactados en la ruta de reintegración.

  2. Culminación de la ruta de reintegración.

  3. Agotamiento de opciones o agotamiento de tiempo máximo.

  4. Presenta renuncia voluntaria al proceso de Reintegración.

 

5. ¿Cómo se puede hacer para seguir recibiendo este beneficio económico una vez se haya terminado la actividad psicosocial y la educación?

Si la persona en proceso de Reintegración finali​zó, por cualquiera de las modalidades de terminación alguno de los componentes de la ruta, ya no puede recibir apoyo económico a la reintegración por este concepto.

 

6. El valor consignado en la cuenta de las personas, ¿qué concepto representa?

El valor consignado puede corresponder a:

  1. Cumplimiento de los compromisos pactados en la ruta de reintegración.

  2. Casos excepcionales  certificados (por amenazas contra la integridad física o la vida de la persona en proceso de reintegración o su grupo familiar, por incapacidades médicas, por maternidad, por salidas del país autorizadas por el Gobierno Nacional, por fuerza mayor, caso fortuito y calamidad doméstica) que no le permitieron cumplir con la ruta de reintegración pactada.

  3. Estímulo económico a la empleabilidad o para planes de negocio o capital semilla o para la educación superior en el nivel profesional, previo al cumplimiento de los requisitos y a la disponibilidad presupuestal.

 

7. ¿Por qué se suspende el apoyo económico en los diferentes componentes de la ruta de reintegración?

Los factores son varios. El apoyo económic​o puede terminarse si se ha agotado el tiempo máximo dentro del componente psicosocial, o si ya finalizó su formación para el trabajo o su expectativa educativa, o si ha incumplido los compromisos pactados en su ruta de reintegración o no ha certificado los incumplimientos a los compromisos pactados, entre otros.