TOMADAS DEL DECRETO 2253 DE 2015 (artículo 7) 

Subdirección Financiera. La Subdirección Financiera cumplirá las siguientes funciones: 

  1. Administrar, registrar y controlar el presupuesto de Ingresos y Gastos asignados a la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.
  2. Elaborar los documentos y estudios requeridos, para que en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, la Secretaria General pueda presentar el Anteproyecto Anual de Presupuesto, velando por su correcta y oportuna presentación.
  3. Elaborar el presupuesto de funcionamiento y el Programa Anual de Caja que deba adoptar la entidad de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  4. Hacer seguimiento permanente a la ejecución presupuestal, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y adelantar los trámites presupuestales requeridos.
  5. Expedir los certificados disponibilidad presupuestal y efectuar su registro.
  6. Realizar los trámites necesarios para llevar a cabo las modificaciones presupuestales que sean requeridas por las diferentes dependencias de la entidad.
  7. Apoyar a la Oficina Asesora de Planeación en el seguimiento y evaluación de los planes mediante el suministro de información y ejecución financiera.
  8. Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas.
  9. Controlar y verificar que el proceso de preparación y registro contable de todas las operaciones que deban reflejarse en el balance de la entidad y que incidan en la información financiera, se realice de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contaduría General la Nación.
  10. Efectuar los pagos de las obligaciones de la entidad de conformidad con las normas legales vigentes.
  11. Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la información financiera y contable.
  12. Controlar y orientar el proceso de preparación y manejo contable de todas las operaciones realizadas por la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, que incidan en su información financiera.
  13. Registrar las operaciones presupuestales, contables y de pagaduría en los sistemas de información financiera dispuestos para tal fin por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contaduría General de la Nación y demás organismos competentes.
  14. Vigilar el cumplimiento de las normas presupuestales, tributarias y contables en el desarrollo de las actividades propias de la Subdirección.
  15. Efectuar acciones de cobro persuasivo orientadas al recaudo de las contraprestaciones y derechos que se causan a favor de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.
  16. Elaborar y presentar de manera oportuna los estados financieros, declaraciones e informes requeridos por la Contaduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, el Departamento Nacional de Planeación, la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y las demás entidades, dependencias o autoridades que los requieran.
  17. Elaborar el balance consolidado de la Agencia Colombiana para la Reintegración Personas y Grupos Alzados en Armas.
  18. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
  19. Atender y resolver las consultas y peticiones relacionadas con los asuntos de su competencia.
  20. Aplicar el Sistema de Gestión Institucional en el ámbito de su competencia y seguir las recomendaciones que le formulen para su desarrollo y sostenimiento.
  21. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.