TOMADAS DEL DECRETO 4138 DE 2011 (artículo 12) Y MODIFICADO POR EL DECRETO 2253 DE 2015 (artículo 3) 

ARTICULO 12. Oficina Asesora Jurídica. La Oficina Asesora Jurídica cumplirá las siguientes funciones:

  1. Asesorar al Despacho del Director General y demás dependencias, en el trámite y desarrollo de los asuntos de carácter jurídico de la entidad.
  2. Asesorar al Director General en la dirección, diseño, ejecución y evaluación de los aspectos jurídicos de la política de reintegración.
  3. Asesorar al Director General en la definición de criterios e instrumentos normativos para el acceso a los beneficios socio-económicos y jurídicos.
  4. Asesorar al Director General en el diseño, análisis y seguimiento de proyectos de ley y actos legislativos relacionados con la política de reintegración.
  5. Identificar necesidades de regulación normativa, preparar y promover la adopción, revisión, ajuste y divulgación de normas jurídicas de carácter general que posibiliten la ejecución efectiva de la política de reintegración.
  6. Mantener la unidad de criterio en la interpretación y las directrices jurídicas para la aplicación e implementación de la normativa relacionada con el desarrollo de la política de reintegración.
  7. Dirigir la compilación y actualización de normas y doctrina jurídica sobre las materias de competencia institucional.
  8. Promover, efectuar y publicar trabajos investigativos de carácter jurídico relacionados con la política de reintegración.
  9. Analizar y proyectar para firma del Director General los actos administrativos que deba suscribir conforme a la ley, en lo de su competencia.
  10. Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos jurídicos relacionados con los procesos que desarrolla la entidad.
  11. Presentar informes en materia jurídica a las autoridades competentes.
  12. Ejercer, por delegación, la representación judicial y extrajudicial de la entidad en las acciones que se instauren en su contra o que esta promueva.
  13. Apoyar la implementación y sostenibilidad del Sistema de Gestión Institucional y sus componentes.
  14. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
  15. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
  16. Adelantar los procesos de cobro coactivo para hacer efectivas las obligaciones a favor de la entidad.