TOMADAS DE LA RESOLUCIÓN INTERNA 2152 DE 2015 (artículo 21)
Grupo de Desarrollo del Talento Humano. El Grupo de Desarrollo del Talento Humano cumplirá las siguientes funciones:
- Diseñar, ejecutar, evaluar y controlar las políticas y procedimientos asociados al modelo de competencias, la inducción, bienestar e incentivos, capacitación, clima y cultura, salud ocupacional y sistemas de información asociados, de conformidad con las políticas, procedimientos y normatividad legal vigente.
- Apoyar en la formulación de políticas, procesos y procedimientos relacionados con la gestión para el desarrollo del talento humano.
- Coordinar, planear, y controlar las actividades relacionadas con los asuntos para el desarrollo del talento humano.
- Implementar y evaluar la estrategia de gestión del talento humano por competencias.
- Desarrollar y ejecutar el programa de medicina preventiva, higiene y seguridad industrial dirigido a los funcionarios de la Entidad.
- Desarrollar y ejecutar el programa de capacitación y entrenamiento acorde con las normas establecidas.
- Desarrollar y ejecutar el programa de Bienestar Social e incentivos dirigido a los funcionarios y sus familias.
- Desarrollar y ejecutar ante los diferentes organismos, la presentación y participación de los funcionarios a becas, cursos, seminarios y demás eventos de capacitación y adiestramiento de carácter nacional e internacional que sean programados y aprobados.
- Ejecutar el programa de inducción y re inducción de los funcionarios de la Entidad.
- Apoyar la implementación y mejora del Sistema de Información para la Reintegración de conformidad con sus competencias.
- Apoyar la implementación y sostenibilidad del Sistema de Gestión Integral y sus componentes.
- Participar en la formulación e implementación de la planeación y atender a los requerimientos del seguimiento a la gestión de la Entidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.
- Atender las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias relacionadas con asuntos de su competencia.
- Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.